Qué es y cómo funciona la formación bonificada

¿Qué es la Formación Continua?

La Formación Continua es un instrumento imprescindible en la gestión empresarial que permite a los trabajadores de una empresa actualizar conocimientos haciéndolos más competitivos, redundando así en una empresa mejor preparada para el mercado de trabajo globalizado en el que nos encontramos inmersos.

¿Qué es una entidad Organizadora?

Effort Formación es una entidad organizadora inscrita en el registro de entidades acreditativas para impartir formación nº 442, lo que lo convierte en un centro especializado/homologado en formación de trabajadores, cuya función es asesorar a las empresas y a sus trabajadores durante todo el proceso de formación

(planificación formativa ,impartición del curso y seguimiento tutorial profesional al alumno)

¿Qué es la Formación Continua Bonificada para empresas?

Toda empresa del territorio nacional que esté al corriente de los pagos con la Administración Pública y cotice por sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social tiene asignada una cuota destinada a la formación de sus trabajadores en forma de bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social, con lo que la formación tiene un coste 0€.

¿Qué normas regulan la formación bonificada?

El modelo de Formación Continua para empresas (Real Decreto 395/2007) queda regulado por la Orden TAS 2307/2007 y establece que todas las empresas que tengan su centro de trabajo en el territorio español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, coticen por la contingencia de formación profesional y estén al corriente del pago en la Seguridad Social y Hacienda, dispondrán de una cuota para la formación continua de sus trabajadores en forma de bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social. Esto quiere decir que el coste de la formación se lo podrá deducir en el pago de los Seguros Sociales.

¿Qué es y qué requisitos debe cumplir una plataforma virtual?

Es un entorno virtual de aprendizaje que posibilita, mediante la conexión como usuario autorizado, el acceso a contenidos y recursos formativos multimedia. Debe incorporar un sistema gestor del seguimiento que permita, como mínimo:

  • Creación de grupos formativos, así como interacción entre los participantes y el tutor, y entre los propios participantes.
  • Registro de la actividad e interacción con el programa del tutor y participantes.
  • Guía didáctica del curso (objetivos, resumen de contenidos, y funcionamiento del curso herramientas y metodología de aprendizaje, características tutoría, calendario, seguimiento, controles y sistema de evaluación).
  • Sistema de ayuda/manual on-line sobre el funcionamiento de la plataforma.
  • Herramientas de comunicación (foro, chat, mensajería, visualización de usuarios en línea, etc.)
  • Contenidos formativos interactivos, disponibles en su totalidad a través de la plataforma.
  • Controles de aprendizaje y/o pruebas de autoevaluación acordes con los contenidos del curso.
  • Sistema tutorial que garantice la interacción entre tutor-formador y participantes, adecuado a los objetivos de la formación.
¿Cuál es la cuota de formación de la que dispone mi empresa?

La cuantía asignada a la empresa resulta de aplicar un porcentaje a la cuantía ingresada el año anterior en concepto de cuota de formación profesional. Este porcentaje se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del número de trabajadores de la empresa.

 

Somos una empresa pequeña, ¿disponemos de crédito para formación?

Todas las empresas con al menos un trabajador tienen garantizado un crédito mínimo de  420€. A partir de ahí, las empresas disponen de un mayor importe en función de la plantilla media de trabajadores que haya tenido el año anterior.

¿Qué crédito tiene mi empresa si nunca ha realizado ningún curso?

Es indiferente que nunca hayan realizado formación. Su empresa dispone de un importe cada año que si no lo invierte en formar a sus trabajadores, se pierde, ya que no se acumula año tras año. Por lo que le recomendamos que no deje pasar esta oportunidad.

El año pasado no gasté todo el crédito de formación, ¿podré usarlo junto con el de este año?

No. La vigencia de este crédito es anual (de enero a diciembre) y no es acumulable de un año para otro. Así que si no lo aprovecha, perderá la ocasión de formar a sus trabajadores gratuitamente.

 

¿Qué documentación tiene que aportar la empresa?

Tan sólo tiene que hacernos llegar debidamente cumplimentados los impresos del Anexo de Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas y el de domiciliación bancaria así como la nómina y el DNI de cada trabajador que vaya a realizar la formación. Del resto, nos encargamos nosotros, sin ningún coste para su empresa.

¿Cuándo se realiza la formación?

La formación se puede hacer a lo largo de todo el año, no hay que esperar convocatorias, excepto para determinados cursos para los que formamos grupos, sino que cuando la empresa quiera puede comenzar el curso que necesite.

Modalidades de la Formación

La formación puede ser presencial, semipresencial, on-line o combinar cualquiera de estas modalidades, dependiendo del tipo de curso y de las necesidades de la empresa.

¿Qué cursos convienen a mi empresa?

Contamos con una amplia y dinámica oferta de cursos de formación bonificada para cubrir las necesidades formativas de su empresa, adaptadas a los cambios sociales, laborales y tecnológicos del momento. Desde cursos de tipo transversal: nuevas tecnologías, internet, dirección de pymes, prevención de riesgos laborales, etc…, hasta cursos dirigidos a sectores específicos, como es el caso de la hostelería, diseñadores gráficos e industriales, etc…

Acceda a nuestra sección de cursos e-learning para ver las últimas novedades de cursos enfocados a las necesidades empresariales, vaya a nuestra sección de cursos o consulte cualquier curso (descripción, objetivos, contenido…) .

Si no encuentra el que desea, contacte con nosotros y buscaremos una solución a sus necesidades.

¿Qué duración tiene los cursos?

La duración de los cursos no podrá ser inferior a dos horas lectivas. No existe límite máximo, aunque su duración deberá ser adecuada al contenido y objetivos de la acción formativa.

¿Reciben los trabajadores participantes algún certificado?

Sí, además es obligatorio según normativa vigente, entregar al finalizar cada acción formativa al trabajador un certificado de participación de la misma, en el que constará la denominación de la acción, los contenidos formativos, así como las horas de formación recibidas.

¿Cómo se aplica la bonificación?

Las bonificaciones se podrán aplicar deduciendo el importe de la formación en el Boletín de Cotización a la Seguridad Social del mes siguiente al que finaliza la formación.

¿Cuándo y cómo se realiza la bonificación?

La bonificación de los cursos no se realizara NUNCA ANTES DE LA FINALIZACION DE LAS ACCIONES FORMATIVAS y hasta que nuestra entidad no pase la documentación post curso, donde se incluirá el informe de empresa para que su empresa se deduzca los costes formativos en el plazo de 45 días máximo, y  así poder aplicarlo correctamente en los boletines de cotización correspondientes

¿Qué tengo que hacer para poder beneficiarme del crédito que dispone mi empresa y formar a mis trabajadores?

Más abajo encontrará los requisitos básicos necesaríos para acceder a este tipo de fomación y el  procedimiento a seguir para realizar la formación continua de forma gratuita. En cualquier caso, póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos gratuitamente para que no deje pasar esta oportunidad de invertir en su activo más importante, sus trabajadores.

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